miércoles, 12 de septiembre de 2012

A propósito de lo ocurrido en la Refinería Amuay: Accidentes Laborales con Responsabilidad Penal


A propósito de lo ocurrido en la Refinería de Amuay del estado Falcón, Venezuela; publico extracto de Sentencia Nº 397 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº 97-0424 de fecha 31/03/2000;que dice:
Materia :Derecho Penal. Tema: Muerte en Accidente de Trabajo Asunto
Muerte en accidente de trabajo. L. O. Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Art. 33. Responsabilidad Penal. “Cuando el empleador a sabiendas que los trabajadores corren peligro en el desempeño de sus labores, se ocasionase la muerte por no cumplir con las disposiciones ordenadas en la presente ley, serán castigados con pena de prisión de 7 a 8 años”, en su parágrafo cuarto expresa que “ Cuando el empleador sea una persona jurídica, será enjuiciada penalmente del acto criminal tipificado en este artículo, la persona humana que resulte responsable y que haya actuado como representante legal, administrador, apoderado, mandante o gerente del empleador”
FUENTE: TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. (EXTRACTO SENTENCIA Nº 397 de Sala de Casación Penal, Expediente Nº 97-0424 de fecha 31/03/2000)

NOTA: Esta información será ampliada y actualizada por cuanto para la fecha del Evento ocurrido en Amuay, la Lopcymat vigente es otra y debemos referirnos a la normativa vigente. La importante es que se observe que la Responsabilidad Penal en Accidentes Laborales ya se viene aplicando.

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